Todos cerrarán más temprano: revisa el horario de los principales supermercados este 31 de diciembre
De cara a la celebración del Año Nuevo, las principales cadenas de supermercados del país informaron sus horarios de atención para este martes 31 de diciembre, jornada en la que todos deberán cerrar más temprano de lo habitual.
Tal como ocurre en Navidad y en otras fechas establecidas por ley, el 1 de enero es un feriado irrenunciable, lo que impide el funcionamiento normal del comercio. En ese contexto, los recintos están obligados a bajar sus cortinas y asegurar el descanso de sus trabajadores.
Según recordó la Dirección del Trabajo, el cierre obligatorio debe realizarse a más tardar a las 20:00 horas del 31 de diciembre, manteniéndose la prohibición de funcionamiento hasta las 06:00 horas del jueves 2 de enero.
Horarios de cierre de supermercados este 31 de diciembre
Considerando el límite legal, las principales cadenas del país anunciaron los horarios en que dejarán de atender público durante la tarde del martes. La mayoría cerrará antes de las 19:00 horas.
— Unimarc: 18:30 horas.
— Jumbo: 18:30 horas.
— Santa Isabel: 18:30 horas.
— Líder: 18:00 horas.
— Express de Líder: 18:30 horas.
— Tottus: algunos locales cerrarán a las 18:30 y otros a las 19:00 horas (se recomienda revisar el horario del local correspondiente).
— SuperBodega aCuenta: 18:45 horas.
— SuperGanga: 18:30 horas.
— Cugat: 18:45 horas.
— Club Alvi Mayorista: 18:30 horas.
— Super 10: 18:30 horas.
Desde las distintas cadenas hicieron un llamado a planificar las compras con anticipación, revisar el horario específico del supermercado más cercano y evitar aglomeraciones durante las últimas horas de atención.
¿Qué puede abrir el 1 de enero?
El feriado irrenunciable del 1 de enero impide que trabajadores del comercio ejerzan sus funciones, incluso si existe acuerdo previo con el empleador. No obstante, la ley contempla algunas excepciones.
Podrán funcionar ese día:
— Clubes.
— Restaurantes.
— Establecimientos de entretenimiento como cines, espectáculos en vivo, discotecas, pubs y cabarets.
— Locales comerciales en aeropuertos y aeródromos civiles públicos.
— Casinos de juego legalmente autorizados.
— Estaciones de servicio y bombas de bencina.
— Farmacias de urgencia y de turno.
— Tiendas de conveniencia asociadas a estaciones de servicio que preparen comida en el mismo local.
Además, la Dirección del Trabajo precisó que los negocios de barrio sí pueden abrir durante un feriado irrenunciable, siempre que la atención sea realizada exclusivamente por su dueño o familiares directos.